Objetivos y Funciones
Sembrar las bases del verdadero y solido proceso de desarrollo integral del municipio de Rivera, sobre las cuales se edificará el futuro deseado para nuestra población, estructuradas sobre mecanismos que aseguren el mejoramiento de la calidad de vida y el acceso equitativo a las oportunidades para todos los habitantes, aprovechando al máximo los recursos disponibles y las potencialidades ofrecidas por nuestro entorno, para la proyección económica, cultural, tecnológica y social, superando los desequilibrios sociales existentes, y propiciando el acceso con calidad y equidad a los servicios públicos sociales, todo con apego especial a la conservación del factor natural que caracteriza nuestro territorio.
Igualmente la Ley 136 de Junio 2 de 1994 en el artículo 3°, le asigna al municipio como entidad fundamental de la división política administrativa del estado las siguientes funciones:
• Administrar los asuntos municipales y prestar los servicios públicos que determina la Ley.
• Ordenar el desarrollo de su territorio y construir las obras que demande el progreso municipal.
• Promover la participación comunitaria y el mejoramiento social y cultural de sus habitantes.
• Planificar el desarrollo económico, social y ambiental de su territorio de conformidad con la Ley y en coordinación con otras entidades.
• Solucionar las necesidades insatisfechas de salud, educación, saneamiento ambiental, agua potable, servicios públicos domiciliarios, vivienda, recreación y deporte, con especial énfasis en la niñez, la mujer, la tercera edad y los sectores discapacitados, directamente y en concurrencia, complementariedad y coordinación con las demás entidades territoriales y la Nación, en los términos que defina la Ley.
• Velar por el adecuado manejo de los recursos naturales y del medio ambiente de conformidad con la Ley.
• Promover el mejoramiento económico y social de los habitantes del respectivo municipio.
• Hacer cuanto pueda adelantar por si mismo, en subsidio de otras entidades territoriales mientras éstas proveen lo necesario.
• Las demás que señale la Constitución y la Ley.